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Jacobiano
Nivel 9


Edad: 38
Registrado: 12 Sep 2005
Mensajes: 1784
Ubicación: Quilmes
Carrera: Electricista
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MensajePublicado: Jue Jun 28, 2007 12:58 pm  Asunto:  ¿Qué es la CONEAU? Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

http://www.coneau.edu.ar/index.php?item=3&apps=64 escribió:
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado que funciona en jurisdicción del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación. Sus funciones han sido determinadas en el artículo 46 de la Ley 24.521 de Educación Superior de 1995.


http://www.coneau.edu.ar/index.php?item=11&apps=80 escribió:

La Ley de Educación Superior en sus artículos 42, 43 y 46 establece las condiciones generales mediante las cuales se llevan a cabo los procesos de acreditación:

* Los planes de estudio deben respetar tanto la carga horaria mínima prevista en el artículo 42º como los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo de Universidades.

* Se acreditan los títulos de carreras cuyo ejercicio pueda comprometer el interés público.

* Los estándares mediante los cuales se desarrollarán los procesos de acreditación deben ser fijados por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en acuerdo con el Consejo de Universidades.


Articulo 42:

http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf escribió:


Los títulos con reconocimiento oficial certificarán la formación académica recibida y habilitarán para el ejercicio profesional respectivo en todo el territorio nacional, sin perjuicio del poder de policía sobre las
profesiones que corresponde a las provincias. Los conocimientos y capacidades que tales títulos certifican, así como las actividades para las que tienen competencia sus poseedores, serán fijados y dados
a conocer por las instituciones universitarias, debiendo los respectivos planes de estudio respetar la carga horaria mínima que para ello fije el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de
Universidades.


Articulo 43:

http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf escribió:


Artículo 43.

Cuando se trate de títulos correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria a la que hace referencia el artículo anterior, los siguientes requisitos:

a) Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Cultura y Educación, en
acuerdo con el Consejo de Universidades
;

b) Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas.

El Ministerio de Cultura y Educación determinará con criterio restrictivo, en acuerdo con el Consejo de Universidades, la nómina de tales títulos, así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ellos.



El articulo 46 de la LES dice:

http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf escribió:

Artículo 46.

La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado, que funciona en jurisdicción del Ministerio de Cultura y Educación, y que tiene por funciones:
a) Coordinar y llevar adelante la evaluación externa prevista en el artículo 44;

b) Acreditar las carreras de grado a que se refiere el artículo 43, así como las carreras de posgrado, cualquiera sea el ámbito en que se desarrollen, conforme a los estándares que establezca el Ministerio de Cultura y Educación en consulta con el Consejo de Universidades;

c) Pronunciarse sobre la consistencia y viabilidad del proyecto institucional que se requiere para que el Ministerio de Cultura y Educación autorice la puesta en marcha de una nueva institución universitaria nacional con posterioridad a su creación o el reconocimiento de una institución universitaria provincial;

d) Preparar los informes requeridos para otorgar la autorización provisoria y el reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas, así como los informes en base a los cuales se evaluará el período de funcionamiento provisorio de dichas instituciones.


Articulos 44 de la LES:

http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf escribió:

Artículo 44.

Las instituciones universitarias deberán asegurar el funcionamiento de instancias internas de evaluación institucional, que tendrán por objeto analizar los logros y dificultades en el cumplimiento de sus funciones,
así como sugerir medidas para su mejoramiento. Las autoevaluaciones se complementarán con evaluaciones externas, que se harán como mínimo cada seis (6) años, en el marco de los objetivos definidos por cada institución.
Abarcará las funciones de docencia, investigación y extensión, y en el caso de las instituciones universitarias nacionales, también la gestión institucional. Las evaluaciones externas estarán a cargo de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o de entidades
privadas constituidas con ese fin, conforme se prevé en el artículo 45, en ambos casos con la participación de pares académicos de reconocida competencia. Las recomendaciones para el mejoramiento institucional que surjan de las evaluaciones tendrán carácter público.



Articulo 45 de la LES:

http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf escribió:


Artículo 45.
Las entidades privadas que se constituyan con fines de evaluación y acreditación de instituciones universitarias, deberán contar con el reconocimiento del Ministerio de Cultura y Educación, previo
dictamen de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. Los patrones y estándares para los procesos de acreditación, serán los que establezca el Ministerio previa consulta con el Consejo de
Universidades.


El articulo 43 de la LES dice:
Cita:
Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Cultura y Educación, en
acuerdo con el Consejo de Universidades


No encontré mucho sobre el Consejo Universitario ni de que contenidos curriculares básicos ni de que criterios se deben tener en cuenta para la acreditación. ¿Alguien sabe, tiene algun link a esto?


Mas información:
Secretaria de Politicas Universitarias
Ministerio de Educación
CONEAU
LES

_________________
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Leo Género:Masculino Bufalo OcultoGalería Personal de JacobianoVer perfil de usuarioEnviar mensaje privadoEnviar emailMSN Messenger
Cornell
Ex-Staff


Edad: 41
Registrado: 08 Jun 2005
Mensajes: 6494
Ubicación: Del rio q arrastra todo dicen q es violento. nada dicen d lo violento d las margenes q lo contienen
Carrera: Industrial
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MensajePublicado: Jue Jun 28, 2007 1:10 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Agrego algo:

Constitución Nacional, Art 75 inciso 19 escribió:
Segunda Parte: Autoridades de la Nación

Capítulo Cuarto Atribuciones del Congreso

Art. 75.- Corresponde al Congreso:

(...)

19. Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo, a la formación profesional de los trabajadores, a la defensa del valor de la moneda, a la investigación y al desarrollo científico y tecnológico, su difusión y aprovechamiento.
Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones. Para estas iniciativas, el Senado será Cámara de origen.
Sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del Estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales.
Dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.



HELOOOO??

Quien dijo que la LES no era inconstitucional?

_________________
Ponete esto en tu firma:
No al tarifazo en el subte!!!
No a la megaminería!!!

Bajate este avatar de aca:
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¡NO A LA ACREDITACIÓN DE INFORMÁTICA!
¡NO A LOS SUMARIOS A LOS ESTUDIANTES DE INGENIERÍA DE LA UBA!
[/b][/size]




94,5% (de 2394 Votos) dijo NO a las PPS en el Plebiscito por "Si o No a las PPS" Organizado por el CEI


¿NECESITAS UNA BECA ?
Basta de persecucion!
http://absolucion-ya.org/

Leo Género:Masculino Perro OcultoGalería Personal de CornellVer perfil de usuarioEnviar mensaje privado
gk_264
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Registrado: 30 Ago 2005
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Ubicación: A veces
Carrera: Química
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MensajePublicado: Jue Jun 28, 2007 2:05 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Me animo a dejar este link: Yahoo Respuestas

:P

_________________
http://eradelsilencio.blogspot.com/
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Tauro Género:Masculino Tigre OfflineGalería Personal de gk_264Ver perfil de usuarioEnviar mensaje privadoVisitar sitio web del usuarioMSN Messenger
Susana
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Carrera: Civil
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MensajePublicado: Mar Jul 10, 2007 8:03 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Las reformas de la CONEAU lo que van a lograr es degradar el contenido de las carreras de grado, arancelar los posgrados y carreras enteras como las tecnicaturas, manteniendo un aparato clientelar lucrando a costa de los estudiantes, privatizando a la educación publica y reformando los planes de estudio; todo esto a traves de la Ley de Educación Superior.

La LES hasta ahora no pudo lograr la privatización y el arancelamiento total de la universidad, con ello lograría liquidar la Universidad Pública, terminarían con lo que hasta ahora conocemos. Pero lo que si logro es crear un tipo de elite y nercado con aspectos muy importantes de la educación universitaria, como ser la devaluación del titulo de grado mediante la generalización de los posgrados pagos, la multiplicación de los acuerdos con las grandes empresas que llegaron a moldear carreras enteras, y toda una batería de políticas como ser: los cupos o los exámenes para restringir el ingreso.
A mi punto de vista lo que se tendria que lograr es la derogación de la LES, y avanzar hacia una Universidad Pública que este al servicio del pueblo, pues es gracias a el pueblo, a las contribuciones de cada uno de los ciudadanos que nosotros estamos estudiando, nos estamos formando.[
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Cancer Género:Femenino Bufalo OcultoGalería Personal de SusanaVer perfil de usuarioEnviar mensaje privado
xjre
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MensajePublicado: Jue Ago 16, 2007 5:21 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Para no abrir otro thread al pedo posteo en este aunque este viejo

Estuve viendo por el foro las piñas que van y que vienen con respecto a la Coneau, el gradiente, la corriente etc etc y me surgio una duda. Supuestamente la UTN esta certificada por la coneau (corrijanme si me equivoco, aunque si me equivoco se va al joraca mi post), ergo esta acreditada como una universidad que tiene carreras adecuadas segun el "plan nacional" lo require. Ahora bien, la revalidacion de titulos de gente que viene de afuera que se hacen en la uba, ¿a que van? Es decir, como es esto de que gente que viene de afuera "revalida" su titulo en lugares que supuestamente "no siguen el plan nacional". Viendo como esta la UTN, entonces al fin y al cabo, lo de la coneau seria algo asi como " afiliate, te financiamos y cuando menos te la esperes te la mandamos a guardar"

¿Me equivoco?

salu2


Escorpio Género:Masculino Tigre OfflineGalería Personal de xjreVer perfil de usuarioEnviar mensaje privado
xaperez
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MensajePublicado: Jue Ago 16, 2007 7:12 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Si, algo así. Aunque no entiendo bien lo de la revalidación, si bien la UBA no esta acreditada, el titulo sigue siendo oficial, con lo cual la revalidacion es re valida. (cuack)


Geminis Género:Masculino Rata OfflineGalería Personal de xaperezVer perfil de usuarioEnviar mensaje privadoVisitar sitio web del usuario
Ignium
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Registrado: 29 Oct 2005
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Ubicación: Rivadavia y Puan
Carrera: Civil
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MensajePublicado: Sab Ago 18, 2007 1:39 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Cita:
La CONEAU es un organismo descentralizado del Ministerio de Educación y está integrada por doce miembros designados por el Presidente de la Nación a propuesta de

el Senado de la Nación (3),
de la Cámara de Diputados de la Nación (3),
del Consejo Interuniversitario Nacional, integrado por los rectores de las universidades nacionales (3),
por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas (1),
por la Académica Nacional de Educación (1)
y por el Ministerio de Educación (1).
[/B]


Ministerio de educacion

El problema mas profundo que tiene la Coneau, por fuera de todas las falencias en sus articulos encontradas, no es solo su genesis sinó el consejo que la compone. La universidad pública solo maneja un cuarto de la camara, asi que no importa en el fondo si en la actualidad las cosas estan mejorando o no en las universidades. El gran problema es que nada te garantiza que dicha comision de un giro de 180 grados en la política universitaria planteada dentro de uno, cinco o diez años.
Seria pernicioso para todos darle apoyo a una comision por migajas hoy sabiendo que nada nos garantiza un pensamiento nacional en el mañana.


Aquario Género:Masculino Bufalo OfflineGalería Personal de IgniumVer perfil de usuarioEnviar mensaje privadoEnviar emailMSN Messenger
xjre
Nivel 2


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Registrado: 14 Ago 2007
Mensajes: 18
Ubicación: Aca a la vuelta
Carrera: Electrónica
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MensajePublicado: Sab Ago 18, 2007 1:49 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Ignium escribió:


El problema mas profundo que tiene la Coneau, por fuera de todas las falencias en sus articulos encontradas, no es solo su genesis sinó el consejo que la compone. La universidad pública solo maneja un cuarto de la camara, asi que no importa en el fondo si en la actualidad las cosas estan mejorando o no en las universidades. El gran problema es que nada te garantiza que dicha comision de un giro de 180 grados en la política universitaria planteada dentro de uno, cinco o diez años.
Seria pernicioso para todos darle apoyo a una comision por migajas hoy sabiendo que nada nos garantiza un pensamiento nacional en el mañana.


Buenisima explicacion, gracias


saludos


Escorpio Género:Masculino Tigre OfflineGalería Personal de xjreVer perfil de usuarioEnviar mensaje privado
El Impostor?
Actualmente Banneado
Usuario expulsado


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Ubicación: En tu cama con tu novia.
Carrera: Civil y Sistemas
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MensajePublicado: Mie Oct 31, 2007 10:33 pm  Asunto:  Que carajo es la CONEAU? Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

\MOD (Cornell): La discusion sobre la CONEAU esta en ¿Qué es la CONEAU?. Agrego este post a ese thread y la seguimos ahi, ok?

\MOD (SS): Agregar este post, significa eso, agregar este post. No hacer un quote. Traigo al trhead donde debió haber estado originalmente.


Alguien que esta por entrar al CBC o a la fac, entra al foro y ve los multiples posts sobre una tal CONEAU. Y de inmediato se pregunta: Que garcha es la CONEAU?
Hablan de la CONEAU como si hablaran de la coca cola.

Bueno gente a no desesperar mas. Leanse lo que dice la WIKIPEDIA (templo del saber jaajj) y metanse en las discusiones sin titubear.

Adelante mis valientes!


La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CoNEAU) es un organismo público argentino dependiente de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, encargado de la evaluación de las universidades públicas y privadas y la acreditación de sus respectivas carreras de grado y posgrado. Comenzó a funcionar en 1996 tras su creación en 1995 como parte de la ley 24.521 de Educación Superior (LES) impulsada durante el gobierno de Carlos Menem, integrando a la Comisión de Acreditación de Posgrados creada un año antes.

Sigan leyendo aca porque me da "pereza" seguir copypasteando: Web Page Name


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(no se quien sera pero le da un cierto nivel de seriedad al topic)

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Nada podra separanos. Siempre sere tu jabali.

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Jacobiano
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MensajePublicado: Vie Nov 02, 2007 2:01 am  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Info sobre la acreditación de las carreras de ingenieria en la UNLP.

http://www.ing.unlp.edu.ar/decanato/acre/index.htm

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Jacobiano
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Carrera: Electricista
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MensajePublicado: Vie Nov 02, 2007 2:34 am  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Está dentro de las página, pero lo pongo porque creo que es importante.


Estándares para la Acreditación de las Carreras de Ingeniería

Resolución 1232/01 - Ministerio de Educación ANEXO IV

I. Contexto institucional
II. Plan de estudios y formación
III. Cuerpo académico
IV. Alumnos y graduados
V. Infraestructura y equipamiento

Para la fijación de los estándares que se aprueban en el presente anexo se tomaron como ejes rectores el resguardo de la autonomía universitaria -a cuyo fin se les dio carácter indicativo, no invasivo-, y el reconocimiento de que las carreras a las que se aplicarán se enmarcan en el contexto de las instituciones universitarias a las que pertenecen, careciendo de existencia autónoma. Tales criterios generales deberán ser respetados tanto en la aplicación como en la interpretación de los estándares que a continuación se consignan.
I. Contexto institucional

ir al principio

I.1. La carrera debe desarrollarse en una Universidad o Instituto Universitario donde se realicen actividades sustantivas en educación superior: docencia, investigación, extensión y difusión del conocimiento.

I.2. La misión institucional, los objetivos de la carrera, el funcionamiento y su reglamentación, el perfil profesional propuesto y el plan de estudios deben estar explícitamente definidos y deben ser de conocimiento público.

I.3.La institución debe tener definidas y desarrollar políticas institucionales en los siguientes campos:
a) investigación científica y desarrollo tecnológico.
b) actualización y perfeccionamiento del personal docente y de apoyo, que no se limitará a la capacitación en el área científica o profesional específica y a los aspectos pedagógicos, sino que incluirá también el desarrollo de una adecuada formación interdisciplinaria.
c) extensión, cooperación interinstitucional, difusión del conocimiento producido y vinculación con el medio.

I.4. La carrera debe contar con un plan de desarrollo explícito, que incluya metas a corto, mediano y largo plazo atendiendo tanto al mantenimiento como al mejoramiento de la calidad.

I.5. La carrera deberá contar con una organización académica y administrativa adecuada que le permita alcanzar los objetivos y el perfil profesional que se ha propuesto. Las funciones deben estar claramente identificadas y distribuidas.

I.6. Deben existir instancias institucionalizadas responsables del diseño y seguimiento de la implementación del plan de estudios y su revisión periódica.
Deberán implementarse mecanismos de gestión académica (seguimiento de métodos de enseñanza, formas de evaluación, coordinación de los diferentes equipos docentes, cumplimiento de los programas de la asignaturas o equivalentes, adecuación de los materiales de estudio y de apoyo, grado de dedicación y conformación de los equipos docentes, entre otros aspectos).

I.7. El decano y los directores académicos, jefes de departamentos o institutos deben poseer antecedentes compatibles con la naturaleza del cargo.

I.8. La carrera debe promover la extensión y cooperación interinstitucional. La institución debe buscar la vinculación con empresas, asociaciones profesionales y otras entidades relacionadas con la profesión, estableciendo convenios para la investigación, transferencia tecnológica, pasantías y prácticas como forma de integración al medio socioproductivo.

I.9. Los sistemas de registro y procesamiento de información y los canales de comunicación deben ser seguros, confiables, eficientes y actualizados.

I.10. Debe asegurarse el resguardo de las actas de examen.



II. Plan de estudios y formación

Ir al principio

II. 1. El plan de estudios debe preparar para la práctica profesional de la ingeniería, explicitando las actividades para las que capacita la formación impartida.

II.2. Debe existir correspondencia entre la formación brindada, la denominación del título que se otorga y los alcances que la institución ha definido para la carrera.

II.3. El plan de estudios debe especificar los ciclos, áreas, asignaturas, que lo componen y las actividades previstas, constituyendo una estructura integrada y racionalmente organizada.

II.4. La organización o estructura del plan de estudios debe tener en cuenta los requisitos propios de cada área, ciclo, asignatura, mediante un esquema de correlatividades definido por la complejidad creciente de los contenidos y su relación con las actividades para las que capacita.

II.5. En el plan de estudios los contenidos deben integrarse horizontal y verticalmente. Asimismo deben existir mecanismos para la integración de docentes en experiencias educacionales comunes.

II.6. Los programas de las asignaturas u otras unidades equivalentes deben explicitar objetivos, contenidos, descripción de las actividades teóricas y prácticas, bibliografía, metodologías de enseñanza y formas de evaluación.

II.7. El plan de estudios debe incluir formación experimental de laboratorio, taller y/o campo que capacite al estudiante en la especialidad a la que se refiera el programa. La instrucción referida a los procedimientos de seguridad debe ser una parte indispensable del trabajo experimental.

II.8. El plan de estudios debe incluir actividades de resolución de problemas de ingeniería, reales o hipotéticos, en las que se apliquen los conocimientos de las ciencias básicas y de las tecnologías.

II.9. El plan de estudios debe incluir actividades de proyecto y diseño de ingeniería, contemplando una experiencia significativa en esos campos que requiera la aplicación integrada de conceptos fundamentales de ciencias básicas, tecnologías básicas y aplicadas, economía y gerenciamiento, conocimientos relativos al impacto social, así como habilidades que estimulen la capacidad de análisis, de síntesis y el espíritu crítico del estudiante, despierten su vocación creativa y entrenen para el trabajo en equipo y la valoración de alternativas.

II.10. El plan de estudios debe incluir instancias supervisadas de formación en la práctica profesional para todos los alumnos.

II.11. El plan de estudios debe incluir contenidos de ciencias sociales y humanidades orientados a formar ingenieros conscientes de sus responsabilidades sociales.

II.12. El plan de estudios debe incluir pronunciamiento sobre grado de dominio de idioma inglés exigido a los alumnos para alcanzar la titulación.

II.13 El plan de estudios debe incluir actividades dirigidas a desarrollar habilidades para la comunicación oral y escrita.

II.14. La evaluación de los alumnos debe ser congruente con los objetivos y metodologías de enseñanza previamente establecidos. Las evaluaciones deben contemplar de manera integrada la adquisición de conocimientos, la formación de actitudes, el desarrollo de la capacidad de análisis, habilidades para encontrar la información y resolver problemas reales.

II.15. Debe anticiparse a los alumnos el método de evaluación y asegurarse el acceso a los resultados de sus evaluaciones como complemento de la enseñanza.

II.16. La frecuencia, cantidad y distribución de los exámenes que se exigen a los alumnos no deben afectar el desarrollo de los cursos.


III. Cuerpo académico

Ir al principio

III.1. La carrera debe contar con un cuerpo académico en número y composición adecuado y con dedicación suficiente para garantizar las actividades programadas de docencia, investigación y vinculación con el medio.

III.2. El cuerpo académico debe incluir docentes con una adecuada formación teórico práctica y experiencia profesional lograda en el ámbito de la producción de bienes y servicios.

III.3. El ingreso y la permanencia en la docencia deben regirse por mecanismos que garanticen la idoneidad del cuerpo académico y que sean de conocimiento público.

III.4. Salvo casos excepcionales, los miembros del cuerpo docente deben tener una formación de nivel universitario como mínimo equivalente al título de grado que imparte la carrera. Los profesores con dedicación exclusiva deben acreditar preferentemente formación de posgrado y participar en investigación, desarrollo tecnológico, o actividades profesionales innovadoras, para mantener actualizados los métodos y los resultados de la investigación y desarrollo y asegurar la continuidad de la evolución de las distintas áreas de la profesión.

III.5. La trayectoria académica y formación profesional de los miembros del cuerpo debe estar acreditada y ser adecuada a las funciones que desempeñan.

III.6. Debe contarse con un registro actualizado, de carácter público, de los antecedentes académicos y profesionales del personal docente, que permita evaluar su nivel.

III.7. Debe contemplarse la participación de miembros del cuerpo académico en proyectos de investigación y desarrollo y en los programas o acciones de vinculación con los sectores productivos y de servicios de la carrera.

III. 8. El cuerpo académico debe participar en actividades de actualización y perfeccionamiento.



IV. Alumnos y graduados

Ir al principio

IV.1. La institución deberá tener en cuenta su capacidad educativa en materia de recursos humanos y físicos para la carrera, de modo de garantizar a los estudiantes una formación de calidad.

IV.2. Deben existir mecanismos de seguimiento de los alumnos, medidas efectivas de retención y análisis de la información sobre rendimiento y egreso.

IV.3. Debe existir documentación que permita evaluar la calidad del trabajo de los estudiantes.

IV.4. Los estudiantes deberán tener acceso a apoyo académico que les faciliten su formación tales como tutorías, asesorías, orientación profesional, así como a material bibliográfico en cantidad suficiente, de buen nivel y calidad.

IV.5. Debe estimularse la incorporación de los alumnos a las actividades de investigación, desarrollo y vinculación.

IV.6. Debe fomentarse en los alumnos una actitud proclive al aprendizaje permanente. Deben preverse mecanismos para la actualización, formación continua y perfeccionamiento profesional de graduados.


V. Infraestructura y equipamiento

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V.1. La institución y la unidad académica donde se desarrolla la carrera debe tener una asignación presupuestaria definida, con estimación del origen de los recursos.

V.2. Deben existir mecanismos de planificación, con programas de asignación de recursos que privilegien la disposición de fondos adecuados y suficientes para el desarrollo de las actividades académicas.

V.3. La infraestructura de la institución debe ser adecuada en cantidad, capacidad y disponibilidad horaria a las disciplinas que se imparten y a la cantidad de estudiantes, docentes y personal administrativo y técnico, conteniendo los espacios físicos (aulas, laboratorios, talleres, administración, biblioteca, espacios para los profesores exclusivos, entre otros) y los medios y equipamiento necesarios para el desarrollo de las distintas actividades de enseñanza que la carrera requiera.

V.4. El acceso y uso de los espacios debe estar garantizado por su propiedad o por convenios formalmente suscriptos.

V.5. La institución debe garantizar la finalización de la carrera a los estudiantes admitidos dentro de los términos que fije la reglamentación.

V.6. Las características y el equipamiento didáctico de las aulas deben ser acordes con las metodologías de la enseñanza que se implementan.

V.7. La carrera debe tener acceso a bibliotecas y/o centros de información equipados y actualizados, que dispongan de un acervo bibliográfico pertinente, actualizado y variado.

V.8. La dirección y administración de la biblioteca a la que tenga acceso la carrera debe estar a cargo de personal profesional suficiente y calificado. El servicio a los usuarios y el horario de atención debe ser amplio. Debe disponerse de equipamiento informático, acceso a redes de base de datos y contarse con un registro actualizado de los servicios prestados y el número de usuarios.

V.9. La carrera debe tener acceso a equipamiento informático actualizado y en buen estado de funcionamiento, acorde con las necesidades de la misma y el número de alumnos a atender.

V.10. Los laboratorios deben tener acceso a talleres de montaje e instalación de equipos, construcción, reparación o fabricación de objetos, donde el alumnado pueda interactuar con técnicos y se cuente con herramientas y materiales adecuados.

V.11. El equipamiento disponible en los laboratorios debe ser coherente con las exigencias y objetivos educativos del plan de estudios.

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Evan
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Mensajes: 38

Carrera: Electrónica y Industrial
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MensajePublicado: Jue Nov 08, 2007 9:53 am  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

La Coneau actualmente ejerce la secretaría de la RIACES (Red Iberoaméricana para la Acreditación de la Calidad de la Enseñanza Superior), que entre sus 18 miembros se encuentran, la JAN (Junta de Acreditación Nacional, de CUBA) y el SEA (Sistema de Evaluación Académica, de la República Bolivariana de Venezuela).

La Coneau asistió técnicamente a Venezuela en los procesos de acreditación de sus universidades e hizo un análisis del sistema universitario de Cuba, evaluó su plan de estudios y la calidad académica de instituciones donde se encuentran becados argentinos, lo expusó en co.

Además la CONEAU está trabajando con la UNESCO para la creación de la página sobre educación superior de esta institución.

Esto es algo que no se dice. Es muy contradictorio que las agrupaciones que se proclaman ciegamente en contra de la CONEAU idealicen el régimen gubernamental de países donde estudios de la misma CONEAU son reconocidos para acreditar sus universidades e institutos superiores.

En el siguiente enlace hay un árticulo sobre una entrevista al vicepresidente de la CONEAU, hablando sobre varios asuntos, entre ellos la sistencia a Venezuela: http://www.nordestealdia.com/noticias/corrientes/0000/00/actualidad/2007-03-09-vice_coneau.php


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Conan
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Mensajes: 2390
Ubicación: Longchamps
Carrera: Electrónica y Informática
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MensajePublicado: Jue Nov 08, 2007 7:00 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

La CONEAU puede hacer un análisis sobre el precio del tomate en China si quiere, hay que ver que es lo que opina China.
Lo importante para nosotros es lo que plantea en nuestra facultad.

Argentina tiene universidades de excelencia, de ahí que sea reconocido cualquier expositor que intervenga en la educación de nuestro país. No me parece raro que la comición sea bien recibida en esos países, sobre todo teniendo en cuenta que parece haber buenas relaciones entre los gobiernos.

Desconozco la realidad educacional de Venezuela, en ese árticulo que ponés no dice que se haya aplicado acreditaciones en base a los estudios y métodos que propone la CONEAU.
Es un buen dato lo que traes, es cierto que no se dice mucho sobre esto. No logré encontrar opiniones de esos dos países que mencionas sobre la CONEAU (tampoco busque mucho), hay que ver que se dice del otro lado.

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Yakko
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MensajePublicado: Mar Nov 13, 2007 11:52 am  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

Que tal...

Perdón por entrometerme en su foro...

Soy un estudiante de la carrera Ls. en Ciencias de la Computación, de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires.

Quería consultar sobre la movida que se esté realizando en su facultad por el tema de la acreditación en la CONEAU.

Como saben ( si no les aviso ), las carreras informáticas actualmente no se encuentran acreditadas en la CONEAU. La movida que tenemos en nuestra facultad es para informar a los alumnos sobre las implicanciones de la acreditación de la especialidad y eventualmente fijar una posición común...

este es mi mail por cualquier consulta

iiacobac@gmail.com

Saludos

Ignacio Iacobacci


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xaperez
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MensajePublicado: Mar Nov 13, 2007 12:24 pm  Asunto:  (Sin Asunto) Responder citandoFin de la PáginaVolver arriba

El foro es de todos, hasta a los UTNienses los dejamos postear.

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